Remate de Bienes Muebles e Inmuebles en Panamá

El día 22 de noviembre de 2023 se publicó en la Gaceta Oficial No.29915-A la Ley 415 de 22 de noviembre de 2023, “Que modifica artículos del Código Judicial, relacionados con remates de bienes muebles e inmuebles”.
Las nuevas reglas en materia de fijación de base del remate de los bienes muebles e inmuebles son las siguientes:
Conforme al nuevo artículo 1652, el ejecutante siempre deberá presentar un avalúo firmado por un profesional idóneo que certifique el valor comercial del inmueble. Para el deudor será facultativo (opcional) la presentación de un avalúo.
Conforme al nuevo artículo 1657, la base del remate de un bien inmueble será fijado según las siguientes reglas:

Si el ejecutante y el deudor presentan cada uno un avalúo del bien inmueble a rematar, la base será fijada con el valor promedio de esos dos avalúos.
Si el deudor no presenta avalúo del bien a rematar, la base será fijada tomando en cuenta el avalúo aportado por la parte ejecutante.

Conforme al nuevo artículo 1657, desaparece la posibilidad de rematar bienes inmuebles tomando como base el valor catastral.

Conforme al nuevo artículo 1743, la base del remate de un bien inmueble será fijado siguiendo las reglas de los nuevos artículos 1652 y 1657 del Código Judicial. La redacción del nuevo artículo 1743, elimina la posibilidad de que las partes pacten la base del remate.

La Ley 415 de 2023 representa un cambio significativo en el proceso ejecutivo en Panamá. Sus ventajas y desventajas reflejan un esfuerzo por equilibrar la justicia y eficiencia en el sistema judicial. Esta ley es un paso importante hacia un sistema legal más equitativo y transparente.

Por: Licda. Laura Nicole González
@legalmentehablando.pty / +507 6470-4721

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